Los bemoles de la adopción internacional



                                                                                  Por Xenia Baluk.-
                                                       Abogada especializada en derecho de familia 
 

La profunda crisis social y económica en la que está inserta nuestra sociedad ha dado nueva fuerza a la discusión sobre la conveniencia o no de promover la adopción internacional de nuestros niños. Con la convicción de estar actuando conforme al interés superior del niño, y con la ilusión de que éste “vivirá mejor allí, donde las condiciones económicas sean más favorables a su desarrollo”, los bien intencionados hombre y mujeres operadores del derecho muchas veces removemos los obstáculos o, simplemente, no objetamos ciertas conductas que rayan con lo ilegal. 
Pero promover que nuestros niños sean adoptados por personas no residentes en la Argentina, basándonos en una noción de “interés superior” meramente materialista, tiene sus riesgos, ya que la ilusión de bienestar no siempre se condice con la realidad que a estos niños les toca vivir.
Hablamos de adopción internacional cuando adoptado y adoptante o el lugar en el que se llevan a cabo los actos de la adopción pertenecen a sistemas legales diferentes. Existen básicamente un país emisor del niño y uno receptor. Hay casos en que la decisión judicial o administrativa de conferir la adopción es tomada por un tercer país, supuesto en el que no nos detendremos.
Por país “emisor” entendemos aquel en el cual el niño tenía su residencia habitual al momento de la adopción. Es, en la mayoría de los casos, el país que otorga la adopción a los padres con residencia habitual o domicilio en el extranjero. Muchos países aceptan este tipo de adopción, y es generalmente en aquellos que, por diversos motivos, existen más niños en condiciones de ser adoptados que adultos que quieran adoptarlos. Dependiendo de la legislación de este país, la adopción será conferida en él o se permitirá la salida del niño para concluir la tramitación en el país receptor.
Este país “receptor” es aquel en que los adoptantes tienen su residencia habitual o domicilio, país al que regresan con su nuevo hijo una vez conferida la adopción. Según la legislación de este nuevo país, se reconocerá o no esta adopción conferida en el extranjero.

A pesar de las interpretaciones distorsionadas que suele darse a la letra y espíritu de nuestra legislación, ésta es muy clara y precisa, colocando a la Argentina como país receptor, y no emisor de niños, partiendo del principio que el interés del niño se protege más si es criado por sus propios padres o, en su defecto, por una familia sustituta residente en su propio país
Así, intentando evitar que se gestionen en el país adopciones de menores cuyos adoptantes prevean el traslado a su país de origen apenas constituido el vínculo adoptivo, el artículo 315 del Código Civil establece que el adoptante deberá “acreditar de manera fehaciente e indubitable, residencia permanente en el país por un período mínimo de cinco (5) años anterior a la petición de la guarda” (con miras a la adopción).
El requisito de residencia mínima en el país no prohibe a los extranjeros adoptar niños argentinos. Sólo exige que los postulantes a una adopción, sean nacionales o extranjeros, tengan residencia efectiva en el país. Un extranjero radicado en la Argentina tiene así las mismas posibilidades de ser adoptante que un nacional.
Con este mismo espíritu de protección de nuestros niños, al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño, la Argentina ha hecho expresa reserva de la aplicación del artículo 21, inc. b) de la misma, que prevé la adopción internacional como subsidiaria a la nacional, pues entiende que para aplicarla en el país es necesaria la implementación de un riguroso mecanismo de protección legal del niño en materia de adopción internacional a fin de impedir su tráfico y venta (Ley Nº 23.849, art. 2º, de ratificación de la Convención)

En el caso inverso, es decir, el de una adopción conferida en el extranjero, establece el artículo 339 del Código Civil que ésta, aun tratándose de una adopción internacional, se regirá por la ley del domicilio del adoptado al tiempo de la adopción. Si se ha celebrado válidamente en el extranjero, vale en la República. Esta ley extranjera regirá la situación jurídica, los derechos y deberes, es decir, todo lo relativo a la validez o nulidad de la relación adoptiva y sus efectos.
Así, al enfrentar un juez argentino una cuestión acerca de una adopción conferida en el extranjero, aplicará no la ley argentina, sino aquella que le dio origen a la relación, aplicación del derecho extranjero que estará siempre condicionada por la cláusula de reserva que protege los principios fundamentales del derecho argentino (art. 14, inc.2º del Código Civil).

Con estos dispositivos legales la Argentina sigue, por el momento, reticente a aceptar abiertamente la adopción de nuestros niños argentinos por residentes en el extranjero. 
Sin embargo, aceptando la validez de las adopciones conferidas en el extranjero, y teniendo un sistema administrativo que prolonga las ansiedades de los postulantes a la adopción, en algunos casos indefinidamente, la Argentina no sólo es un país receptor de niños sino que, en épocas no olvidadas de convertibilidad monetaria, llegó a convertirse en un “importador” de éstos. Nuestros postulantes se lanzaron entonces al mercado extranjero, buscando la legislación y sistema que más beneficiara a sus pretensiones adoptivas. 
En las circunstancias económicas actuales, si bien la posibilidad de acceder a una adopción internacional para los argentinos está severamente afectada, no está totalmente cercenada, ya que existen todavía países o regiones a las que pueden acudir. 
Pero habiendo abandonado en gran medida el “mercado importador de niños”, corremos el riesgo de convertirnos en “exportadores”, con un tipo de cambio que favorece a residentes en el extranjero a intentar, por medios poco espurios, adoptar a nuestros tan codiciados niños.
Más de una vez hemos tenido noticias de casos en que extranjeros forzaban la ley de modo tal de salir de la Argentina con un bebé en brazos. Y cuando un caso es noticia, podemos adivinar que hay muchos otros que jamás conoceremos.
No tenemos forma alguna de averiguar cuál ha sido el destino de esos niños. Sin datos estadísticos que avalen esta afirmación, y basada exclusivamente en una visión optimista del tema, es probable que la mayoría de estas adopciones hayan tenido “resultados positivos”. 
Pero la mayoría no implica al todo. Y cuando de adopción hablamos, un solo fracaso hace imperiosa la revisión del sistema completo. Porque una adopción fracasada significa la infelicidad de un niño. Y si es una adopción internacional, significa un niño argentino abandonado a su suerte en un país que le es totalmente ajeno, lejos de su cultura, de su tierra y sus raíces. Y como una flor transplantada que no ha recibido los cuidados necesarios, termina indefectiblemente marchita.
Resulta imposible rastrear a tantos niños y saber cuál ha sido su suerte. No podemos adivinar qué ha pasado si, al menos en un caso, la adopción fracasó. Qué ha sido de ese niño argentino, nacido en alguna provincia argentina, tal vez abandonado en alguna lujosa capital europea. 
Sin embargo, podemos adivinarlo. Y sin hacer demasiado esfuerzo.
Y para ello, valga un ejemplo: el de una niña extranjera que ha sido adoptada en su país de origen por un matrimonio de argentinos.
Tal vez la crueldad de este caso haga que tomemos consciencia de los riesgos a los que exponemos a nuestros niños al permitir que sean adoptados por extranjeros.

Esta niña, a la que llamaremos Sofía, nació en la República de Ucrania. Cuando tenía apenas seis años, fue encontrada por la policía local de su ciudad natal en una plaza, en compañía de su hermana, dos años menor. Fueron alojadas en un Hogar de Niños y, al poco tiempo, su madre abandonó a las puertas del mismo hogar a dos hermanitos más. 
Sin ser visitados por sus familiares, al año de estar residiendo en la institución fueron declarados en estado de adoptabilidad por extranjeros, según las normas ucranias en materia de adopción internacional. Sus legajos, simples hojas en las que constaban fecha de nacimiento, una foto y datos sobre el estado de salud física y psíquica, pasaron a engrosar los biblioratos de “niños adoptables por extranjeros” del Centro de Adopción de Ucrania.
Al poco tiempo los varoncitos fueron adoptados por dos matrimonios diferentes de los Estados Unidos de Norteamérica. Las niñas permanecieron en el Hogar, llorando la pérdida de sus hermanos.
Cuando Sofía cumplió los ocho años, llegó un matrimonio de argentinos al Hogar.
Este matrimonio hacía tiempo ya que deseaban adoptar a una niña. Tenían ya hijos varones, y una niña completaría el modelo familiar soñado. Una niña que ayudara a la señora con las tareas cotidianas del hogar, que fuera su compañía, a quien peinar con largas trenzas y vestir con moños y volados. Una niña de entre 4 y 6 años, para evitar así pasar nuevamente por la tortuosa tarea de cambiar pañales y preparar mamaderas trasnochadas. Con estos requisitos se anotaron en los listados oficiales correspondientes a su jurisdicción.
Pero el tiempo pasaba, y la adopción de la niña no se concretaba. Y la ansiedad era cada vez mayor. 
Sin buscarla, sin saber quién era, fueron contactados por una persona que dijo tener vasta experiencia en adopciones de niños de países de la ex Unión Soviética. Allí hay muchos niños, les dijo, y seguramente habrá una niña con las características que buscan. Y así, ilusionados, se embarcaron en una aventura cuyos últimos resultados aún son impredecibles. 
A los pocos meses de esa primera entrevista, y luego de preparar toda la documentación necesaria, fueron convocados a presentarse por ante el Centro de Adopción de Ucrania porque había en los registros niñas como la buscada.
Y en el otoño europeo llegaron a Ucrania. 
Entrevistados en el Centro de Adopción, las dificultades idiomáticas fueron salvadas con la ayuda de un traductor que, maravillosamente, conocía todos los recovecos del Centro, entraba a las oficinas sin anunciarse y era amistosamente saludado por los pasillos. Nada de esto sorprendió a la ansiosa pareja. Sentados en una oficina junto a su traductor, una amable señorita les alcanzó los pesados biblioratos. En cada uno de ellos, cientos de legajos de niños y niñas de todas las edades. De todos ellos, su corazón se detuvo por un instante al ver la foto de una niña de unos 6 años, rubia ella, con los ojos tan azules como el cielo. Era ella.
Era perfecta. Edad, rasgos físicos, todo encajaba en el modelo que buscaban. 
Tenía un solo problema: una hermana mayor, Sofía de nombre. Y las autoridades del Centro fueron rotundas: adoptaban a ambas o a ninguna. Sin dudarlo, sin darse cuenta de la decisión que tomaban, sin ser conscientes de estar adoptando a dos hijas, firmaron cuanto documento pusieron en sus manos, y corrieron a tener el primer contacto con ellas.
Al verlos llegar, Sofía y su hermana sintieron la felicidad más grande. Ahora tenían una nueva familia, una mamá, un papá y hermanos, hasta dos perros las esperaban en el que sería su nuevo hogar. Se acababan las noches de insomnio ahogando el llanto en una almohada. Tenían una mamá y un papá que no las abandonarías. 
Claro que, al principio, no podían entender las palabras que salían de los labios de sus nuevos mamá y papá. Y tenían nuevos nombres, nombres que jamás habían escuchado. Y tuvieron que aprender un idioma completamente ajeno, con unas letras raras que no terminaban de descifrar. Y las retaban si hablaban en su idioma. Y las llevaron a un país raro, en el que todo era diferente, hasta la comida. Pero nada de eso importaba. Ahora tenían una familia.
Y al poco tiempo de estar en este nuevo y extraño país, olvidaron lo que les dijeron debían olvidar: su idioma, sus nombres, las comidas preferidas, los paisajes... todo lo que les recordara a su primer hogar.
Pero, Sofía tenía ya ocho años. Poniendo su mayor esfuerzo, no le resultaba tan fácil adaptarse a esa gente, a ese idioma, a esa comida, a esa nueva disciplina hogareña, a esa escuela. Y poco a poco sintió, de un modo que sólo los niños pueden sentir, que no era querida en su nuevo hogar. Que existían sutiles pero profundas diferencias en el trato que tenían con ella y con su hermana. Tardó poco en saber que en realidad sus nuevos padres sólo querían una niña, y a ella la habían traído por compasión. 
Sus ojos no habían recuperado aún el brillo perdido en aquella lejana plaza hacía unos años, y ahora volvían a ahogarse en un llanto al principio silencioso, cada vez más difícil de ocultar. Y un día en que el llanto pudo más que sus fuerzas, le ordenaron guardar en un bolso todo cuanto pudiera llevar. Y llegó a una oficina en que la gente hablaba en un idioma que le parecía haber escuchado alguna vez. 
Ese día Sofía fue nuevamente abandonada, esta vez en las frías oficinas del Consulado de Ucrania.
A decir verdad, el abandono se concretó unos meses más tarde, cuando las desconcertadas autoridades del consulado se contactaron con el Ministerio Público de Menores y, luego de muchas vicisitudes, se obtuvo una vacante en un Hogar adecuado para Sofía y se completaron las actas y entrevistas de rigor.
Durante esos meses, Sofía dormía con el bolso preparado al pie de su cama, y el uso del teléfono estaba restringido a la espera de ese llamado salvador que confirmaría la fecha exacta en que el abandono debía concretarse.
Desde el día en que Sofía pisó por vez primera el territorio de nuestra Argentina hasta que fue llevada con su bolso al consulado ucranio, pasó exactamente un año. 
Un año en que los adoptantes pretendieron que ella, una niña que en apenas ocho años ya había sido abandonada por su madre en una plaza, que había perdido dos hermanos cuyo paradero desconocía, que tuvo que aprender a llamarse a sí misma de otro modo, que tuvo que aprender a la fuerza todo un idioma nuevo, se adaptara a todo un mundo que le era completamente extraño.
Desde el día en que el segundo abandono se concretó a la  fecha han pasado diez meses. Diez meses en los que no ha vuelto a ver a su pequeña hermana ni a quienes todavía llama mamá y papá. Vive en un pequeño hogar junto a otros niños de su edad. Asiste al colegio. Visita periódicamente a una psicóloga. Tiene una colección de fotos de su ciudad natal, y algunos libros en ese idioma que intenta recordar. Le sorprende que no la reten cuando habla de su patria. Y está a la ansiosa y hasta desesperante espera de una mamá que la quiera adoptar.
Esta es la historia de Sofía.
Tal vez sea el ejemplo más cruel de lo que puede llegar a ser el fracaso de una adopción internacional. Pero no es producto de la morbosa fantasía de quien la relata. Es producto de un sistema que no tiene en cuenta el interés superior del niño, sino que privilegia el pretendido derecho a la paternidad. Un sistema que, a fin de acelerar los tiempos de espera, no evalúa a consciencia a quiénes entrega a sus niños, sino que se basa en la presunción de buena voluntad de quienes viajan miles de kilómetros sólo para adoptar.
Un sistema que, si no tomamos consciencia del riesgo que significa abrir indiscriminadamente la adopción de nuestros niños a adoptantes desconocidos, podría ser nuestro. Y muchas son las voces que lo proclaman. Y hablan fuerte.
Con todas sus fallas, con todos sus errores y desaciertos, nuestro sistema argentino mantiene, con mucho esfuerzo, la negativa a aceptar incondicionalmente la adopción internacional, porque se niega a que la historia de Sofía sea la de algún niño argentino perdido en el mundo. Pero esto ya depende de nosotros.