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Los bemoles de la adopción internacional
Por Xenia Baluk.-
Abogada especializada en derecho de familia
La profunda crisis social
y económica en la que está inserta nuestra sociedad ha dado
nueva fuerza a la discusión sobre la conveniencia o no de promover
la adopción internacional de nuestros niños. Con la convicción
de estar actuando conforme al interés superior del niño,
y con la ilusión de que éste “vivirá mejor allí,
donde las condiciones económicas sean más favorables a su
desarrollo”, los bien intencionados hombre y mujeres operadores del derecho
muchas veces removemos los obstáculos o, simplemente, no objetamos
ciertas conductas que rayan con lo ilegal.
Pero promover que nuestros
niños sean adoptados por personas no residentes en la Argentina,
basándonos en una noción de “interés superior” meramente
materialista, tiene sus riesgos, ya que la ilusión de bienestar
no siempre se condice con la realidad que a estos niños les toca
vivir.
Hablamos de adopción
internacional cuando adoptado y adoptante o el lugar en el que se llevan
a cabo los actos de la adopción pertenecen a sistemas legales diferentes.
Existen básicamente un país emisor del niño y uno
receptor. Hay casos en que la decisión judicial o administrativa
de conferir la adopción es tomada por un tercer país, supuesto
en el que no nos detendremos.
Por país “emisor”
entendemos aquel en el cual el niño tenía su residencia habitual
al momento de la adopción. Es, en la mayoría de los casos,
el país que otorga la adopción a los padres con residencia
habitual o domicilio en el extranjero. Muchos países aceptan este
tipo de adopción, y es generalmente en aquellos que, por diversos
motivos, existen más niños en condiciones de ser adoptados
que adultos que quieran adoptarlos. Dependiendo de la legislación
de este país, la adopción será conferida en él
o se permitirá la salida del niño para concluir la tramitación
en el país receptor.
Este país “receptor”
es aquel en que los adoptantes tienen su residencia habitual o domicilio,
país al que regresan con su nuevo hijo una vez conferida la adopción.
Según la legislación de este nuevo país, se reconocerá
o no esta adopción conferida en el extranjero.
A pesar de las interpretaciones
distorsionadas que suele darse a la letra y espíritu de nuestra
legislación, ésta es muy clara y precisa, colocando a la
Argentina como país receptor, y no emisor de niños, partiendo
del principio que el interés del niño se protege más
si es criado por sus propios padres o, en su defecto, por una familia sustituta
residente en su propio país
Así, intentando evitar
que se gestionen en el país adopciones de menores cuyos adoptantes
prevean el traslado a su país de origen apenas constituido el vínculo
adoptivo, el artículo 315 del Código Civil establece que
el adoptante deberá “acreditar de manera fehaciente e indubitable,
residencia permanente en el país por un período mínimo
de cinco (5) años anterior a la petición de la guarda” (con
miras a la adopción).
El requisito de residencia
mínima en el país no prohibe a los extranjeros adoptar niños
argentinos. Sólo exige que los postulantes a una adopción,
sean nacionales o extranjeros, tengan residencia efectiva en el país.
Un extranjero radicado en la Argentina tiene así las mismas posibilidades
de ser adoptante que un nacional.
Con este mismo espíritu
de protección de nuestros niños, al ratificar la Convención
sobre los Derechos del Niño, la Argentina ha hecho expresa reserva
de la aplicación del artículo 21, inc. b) de la misma, que
prevé la adopción internacional como subsidiaria a la nacional,
pues entiende que para aplicarla en el país es necesaria la implementación
de un riguroso mecanismo de protección legal del niño en
materia de adopción internacional a fin de impedir su tráfico
y venta (Ley Nº 23.849, art. 2º, de ratificación de la
Convención)
En el caso inverso, es decir,
el de una adopción conferida en el extranjero, establece el artículo
339 del Código Civil que ésta, aun tratándose de una
adopción internacional, se regirá por la ley del domicilio
del adoptado al tiempo de la adopción. Si se ha celebrado válidamente
en el extranjero, vale en la República. Esta ley extranjera regirá
la situación jurídica, los derechos y deberes, es decir,
todo lo relativo a la validez o nulidad de la relación adoptiva
y sus efectos.
Así, al enfrentar
un juez argentino una cuestión acerca de una adopción conferida
en el extranjero, aplicará no la ley argentina, sino aquella que
le dio origen a la relación, aplicación del derecho extranjero
que estará siempre condicionada por la cláusula de reserva
que protege los principios fundamentales del derecho argentino (art. 14,
inc.2º del Código Civil).
Con estos dispositivos legales
la Argentina sigue, por el momento, reticente a aceptar abiertamente la
adopción de nuestros niños argentinos por residentes en el
extranjero.
Sin embargo, aceptando la
validez de las adopciones conferidas en el extranjero, y teniendo un sistema
administrativo que prolonga las ansiedades de los postulantes a la adopción,
en algunos casos indefinidamente, la Argentina no sólo es un país
receptor de niños sino que, en épocas no olvidadas de convertibilidad
monetaria, llegó a convertirse en un “importador” de éstos.
Nuestros postulantes se lanzaron entonces al mercado extranjero, buscando
la legislación y sistema que más beneficiara a sus pretensiones
adoptivas.
En las circunstancias económicas
actuales, si bien la posibilidad de acceder a una adopción internacional
para los argentinos está severamente afectada, no está totalmente
cercenada, ya que existen todavía países o regiones a las
que pueden acudir.
Pero habiendo abandonado
en gran medida el “mercado importador de niños”, corremos el riesgo
de convertirnos en “exportadores”, con un tipo de cambio que favorece a
residentes en el extranjero a intentar, por medios poco espurios, adoptar
a nuestros tan codiciados niños.
Más de una vez hemos
tenido noticias de casos en que extranjeros forzaban la ley de modo tal
de salir de la Argentina con un bebé en brazos. Y cuando un caso
es noticia, podemos adivinar que hay muchos otros que jamás conoceremos.
No tenemos forma alguna
de averiguar cuál ha sido el destino de esos niños. Sin datos
estadísticos que avalen esta afirmación, y basada exclusivamente
en una visión optimista del tema, es probable que la mayoría
de estas adopciones hayan tenido “resultados positivos”.
Pero la mayoría no
implica al todo. Y cuando de adopción hablamos, un solo fracaso
hace imperiosa la revisión del sistema completo. Porque una adopción
fracasada significa la infelicidad de un niño. Y si es una adopción
internacional, significa un niño argentino abandonado a su suerte
en un país que le es totalmente ajeno, lejos de su cultura, de su
tierra y sus raíces. Y como una flor transplantada que no ha recibido
los cuidados necesarios, termina indefectiblemente marchita.
Resulta imposible rastrear
a tantos niños y saber cuál ha sido su suerte. No podemos
adivinar qué ha pasado si, al menos en un caso, la adopción
fracasó. Qué ha sido de ese niño argentino, nacido
en alguna provincia argentina, tal vez abandonado en alguna lujosa capital
europea.
Sin embargo, podemos adivinarlo.
Y sin hacer demasiado esfuerzo.
Y para ello, valga un ejemplo:
el de una niña extranjera que ha sido adoptada en su país
de origen por un matrimonio de argentinos.
Tal vez la crueldad de este
caso haga que tomemos consciencia de los riesgos a los que exponemos a
nuestros niños al permitir que sean adoptados por extranjeros.
Esta niña, a la que
llamaremos Sofía, nació en la República de Ucrania.
Cuando tenía apenas seis años, fue encontrada por la policía
local de su ciudad natal en una plaza, en compañía de su
hermana, dos años menor. Fueron alojadas en un Hogar de Niños
y, al poco tiempo, su madre abandonó a las puertas del mismo hogar
a dos hermanitos más.
Sin ser visitados por sus
familiares, al año de estar residiendo en la institución
fueron declarados en estado de adoptabilidad por extranjeros, según
las normas ucranias en materia de adopción internacional. Sus legajos,
simples hojas en las que constaban fecha de nacimiento, una foto y datos
sobre el estado de salud física y psíquica, pasaron a engrosar
los biblioratos de “niños adoptables por extranjeros” del Centro
de Adopción de Ucrania.
Al poco tiempo los varoncitos
fueron adoptados por dos matrimonios diferentes de los Estados Unidos de
Norteamérica. Las niñas permanecieron en el Hogar, llorando
la pérdida de sus hermanos.
Cuando Sofía cumplió
los ocho años, llegó un matrimonio de argentinos al Hogar.
Este matrimonio hacía
tiempo ya que deseaban adoptar a una niña. Tenían ya hijos
varones, y una niña completaría el modelo familiar soñado.
Una niña que ayudara a la señora con las tareas cotidianas
del hogar, que fuera su compañía, a quien peinar con largas
trenzas y vestir con moños y volados. Una niña de entre 4
y 6 años, para evitar así pasar nuevamente por la tortuosa
tarea de cambiar pañales y preparar mamaderas trasnochadas. Con
estos requisitos se anotaron en los listados oficiales correspondientes
a su jurisdicción.
Pero el tiempo pasaba, y
la adopción de la niña no se concretaba. Y la ansiedad era
cada vez mayor.
Sin buscarla, sin saber
quién era, fueron contactados por una persona que dijo tener vasta
experiencia en adopciones de niños de países de la ex Unión
Soviética. Allí hay muchos niños, les dijo, y seguramente
habrá una niña con las características que buscan.
Y así, ilusionados, se embarcaron en una aventura cuyos últimos
resultados aún son impredecibles.
A los pocos meses de esa
primera entrevista, y luego de preparar toda la documentación necesaria,
fueron convocados a presentarse por ante el Centro de Adopción de
Ucrania porque había en los registros niñas como la buscada.
Y en el otoño europeo
llegaron a Ucrania.
Entrevistados en el Centro
de Adopción, las dificultades idiomáticas fueron salvadas
con la ayuda de un traductor que, maravillosamente, conocía todos
los recovecos del Centro, entraba a las oficinas sin anunciarse y era amistosamente
saludado por los pasillos. Nada de esto sorprendió a la ansiosa
pareja. Sentados en una oficina junto a su traductor, una amable señorita
les alcanzó los pesados biblioratos. En cada uno de ellos, cientos
de legajos de niños y niñas de todas las edades. De todos
ellos, su corazón se detuvo por un instante al ver la foto de una
niña de unos 6 años, rubia ella, con los ojos tan azules
como el cielo. Era ella.
Era perfecta. Edad, rasgos
físicos, todo encajaba en el modelo que buscaban.
Tenía un solo problema:
una hermana mayor, Sofía de nombre. Y las autoridades del Centro
fueron rotundas: adoptaban a ambas o a ninguna. Sin dudarlo, sin darse
cuenta de la decisión que tomaban, sin ser conscientes de estar
adoptando a dos hijas, firmaron cuanto documento pusieron en sus manos,
y corrieron a tener el primer contacto con ellas.
Al verlos llegar, Sofía
y su hermana sintieron la felicidad más grande. Ahora tenían
una nueva familia, una mamá, un papá y hermanos, hasta dos
perros las esperaban en el que sería su nuevo hogar. Se acababan
las noches de insomnio ahogando el llanto en una almohada. Tenían
una mamá y un papá que no las abandonarías.
Claro que, al principio,
no podían entender las palabras que salían de los labios
de sus nuevos mamá y papá. Y tenían nuevos nombres,
nombres que jamás habían escuchado. Y tuvieron que aprender
un idioma completamente ajeno, con unas letras raras que no terminaban
de descifrar. Y las retaban si hablaban en su idioma. Y las llevaron a
un país raro, en el que todo era diferente, hasta la comida. Pero
nada de eso importaba. Ahora tenían una familia.
Y al poco tiempo de estar
en este nuevo y extraño país, olvidaron lo que les dijeron
debían olvidar: su idioma, sus nombres, las comidas preferidas,
los paisajes... todo lo que les recordara a su primer hogar.
Pero, Sofía tenía
ya ocho años. Poniendo su mayor esfuerzo, no le resultaba tan fácil
adaptarse a esa gente, a ese idioma, a esa comida, a esa nueva disciplina
hogareña, a esa escuela. Y poco a poco sintió, de un modo
que sólo los niños pueden sentir, que no era querida en su
nuevo hogar. Que existían sutiles pero profundas diferencias en
el trato que tenían con ella y con su hermana. Tardó poco
en saber que en realidad sus nuevos padres sólo querían una
niña, y a ella la habían traído por compasión.
Sus ojos no habían
recuperado aún el brillo perdido en aquella lejana plaza hacía
unos años, y ahora volvían a ahogarse en un llanto al principio
silencioso, cada vez más difícil de ocultar. Y un día
en que el llanto pudo más que sus fuerzas, le ordenaron guardar
en un bolso todo cuanto pudiera llevar. Y llegó a una oficina en
que la gente hablaba en un idioma que le parecía haber escuchado
alguna vez.
Ese día Sofía
fue nuevamente abandonada, esta vez en las frías oficinas del Consulado
de Ucrania.
A decir verdad, el abandono
se concretó unos meses más tarde, cuando las desconcertadas
autoridades del consulado se contactaron con el Ministerio Público
de Menores y, luego de muchas vicisitudes, se obtuvo una vacante en un
Hogar adecuado para Sofía y se completaron las actas y entrevistas
de rigor.
Durante esos meses, Sofía
dormía con el bolso preparado al pie de su cama, y el uso del teléfono
estaba restringido a la espera de ese llamado salvador que confirmaría
la fecha exacta en que el abandono debía concretarse.
Desde el día en que
Sofía pisó por vez primera el territorio de nuestra Argentina
hasta que fue llevada con su bolso al consulado ucranio, pasó exactamente
un año.
Un año en que los
adoptantes pretendieron que ella, una niña que en apenas ocho años
ya había sido abandonada por su madre en una plaza, que había
perdido dos hermanos cuyo paradero desconocía, que tuvo que aprender
a llamarse a sí misma de otro modo, que tuvo que aprender a la fuerza
todo un idioma nuevo, se adaptara a todo un mundo que le era completamente
extraño.
Desde el día en que
el segundo abandono se concretó a la fecha han pasado diez
meses. Diez meses en los que no ha vuelto a ver a su pequeña hermana
ni a quienes todavía llama mamá y papá. Vive en un
pequeño hogar junto a otros niños de su edad. Asiste al colegio.
Visita periódicamente a una psicóloga. Tiene una colección
de fotos de su ciudad natal, y algunos libros en ese idioma que intenta
recordar. Le sorprende que no la reten cuando habla de su patria. Y está
a la ansiosa y hasta desesperante espera de una mamá que la quiera
adoptar.
Esta es la historia de Sofía.
Tal vez sea el ejemplo más
cruel de lo que puede llegar a ser el fracaso de una adopción internacional.
Pero no es producto de la morbosa fantasía de quien la relata. Es
producto de un sistema que no tiene en cuenta el interés superior
del niño, sino que privilegia el pretendido derecho a la paternidad.
Un sistema que, a fin de acelerar los tiempos de espera, no evalúa
a consciencia a quiénes entrega a sus niños, sino que se
basa en la presunción de buena voluntad de quienes viajan miles
de kilómetros sólo para adoptar.
Un sistema que, si no tomamos
consciencia del riesgo que significa abrir indiscriminadamente la adopción
de nuestros niños a adoptantes desconocidos, podría ser nuestro.
Y muchas son las voces que lo proclaman. Y hablan fuerte.
Con todas sus fallas, con
todos sus errores y desaciertos, nuestro sistema argentino mantiene, con
mucho esfuerzo, la negativa a aceptar incondicionalmente la adopción
internacional, porque se niega a que la historia de Sofía sea la
de algún niño argentino perdido en el mundo. Pero esto ya
depende de nosotros.
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