Investigaciones: Agosto: DEL MENOR OBJETO A SUJETO DEL SISTEMA

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"DEL MENOR OBJETO A SUJETO DEL SISTEMA"

debate, dinámica institucional y

población de menores en conflicto con la ley penal

internada en el Instituto Manuel Rocca

 

Investigadores

Germán Alejandro Sarlangue

Pablo Diego Melicchio

"DEL MENOR OBJETO A SUJETO DEL SISTEMA"

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Pablo Diego Melicchio Germán Alejandro Sarlangue

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Hecho el depósito que marca la ley 11.723 -expediente Nº 944.797 y 975.447-; Buenos Aires, 16 de octubre de 1998 y 15 de abril de 1999 respectivamente.

Al Amor, a Adriana, a mis padres,

familia y amigos

Germán Alejandro Sarlangue

A mi mujer Marcela, a mi hijo Francisco,

a mis padres y hermanos

Pablo Diego Melicchio

SOBRE LOS AUTORES

    • Germán Alejandro Sarlangue se graduó, en 1997, como licenciado en Ciencias Políticas de la Pontificia Universidad Católica Argentina Santa María de los Buenos Aires (UCA), realizó ese mismo año un Seminario de Postgrado en métodos estadísticos avanzados en la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires (UBA).

Entre sus actividades profesionales se destacan: Director de Asuntos Académicos del Servicio Unción de la UCA, Investigador Becario del Departamento de Investigación del Consejo Nacional del Menor y la Familia (CNMyF), Ayudante Docente de las Cátedras de Políticas Públicas y Práctica Profesional e Investigador Becario de la Escuela de Ciencias Políticas de la UCA. También se desempeña como profesor titular de Política en el Instituto secundario San Lucas.

Durante el XV Congreso Internacional de Magistrados de la Juventud y la Familia ha sido miembro del Equipo Técnico redactor de las conclusiones generales. En 1997 participó, como Becario del CNMyF, del Programa Interamericano de Información sobre Niñez y Familia (PIINFA) del Instituto Interamericano del Niño y como Delegado de Argentina en el Taller Regional del PIINFA realizado en la República de El Salvador.

    • Pablo Diego Melicchio en 1995 se licenció en psicología en la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires (UBA). Es psicoanalista.

En la actualidad se desempaña como Miembro Becario del Equipo Técnico del Instituto Manuel Rocca del Consejo Nacional del Menor y la Familia (CNMyF), y como docente de la Cátedra II de Psicología Forense de la Facultad de Psicología de la UBA.

Anteriormente ha desarrollado distintas actividades profesionales: integrante del Equipo de Talleres para el Abordaje de la Psicosis en la Guardia del Hospital Neuropsiquiátrico José T. Borda; docente de la Cátedra II de Psicología Educacional de la Facultad de Psicología de la UBA; y Miembro Becario del Equipo Técnico del Hogar Comunitario Terapéutico Pucará del CNMyF.

ÍNDICE GENERAL

AGRADECIMIENTOS pág. 13

PRESENTACIÓN pág. 14

PRÓLOGO pág. 15

INTRODUCCIÓN pág. 19

METODOLOGÍA pág. 22

1. El universo pág. 22

2. La muestra pág. 22

3. Las entrevistas pág. 24

4. Las referencias bibliográficas pág. 24

CAPÍTULO I: ESTADO DEL DEBATE pág. 25

    1. Aproximaciones desde un análisis del marco constitucional pág. 25
    2. Primer escenario: los menores y la transgresión social versus la inserción de aquellos en el derecho penal pág. 28
    3. Segundo escenario: Tribunales de Menores versus ofensiva
    4. abolicionista pág. 30

    5. Tercer escenario: statu quo versus disminución de la edad
    6. de inimputabilidad pág. 32

    7. Dejando preguntas pág. 35

CAPÍTULO II: TIEMPO Y ESPACIO pág. 37

1. Breve reseña del Consejo Nacional del Menor y la Familia pág. 37

2. Breve reseña del Instituto Manuel Rocca pág. 39

CAPÍTULO III: LA POBLACIÓN INTERNADA pág. 42

1. Adolescencia, familia y sociedad: espejo de una época pág. 42

2. Niño de este informe pág. 45

3. La transgresión ante la ley social: el menor institucionalizado pág. 45

4. ¿Por qué ingresan los menores? pág. 46

CAPÍTULO IV: EL INSTITUTO TRABAJANDO pág. 48

1. Conformación de los recursos humanos pág. 48

2. El sistema administrativo pág. 49

3. Distribución de los menores en la arquitectura del establecimiento pág. 51

4. Las orientaciones del Equipo Técnico pág. 51

5. ¿Objeto de la causa, o sujeto con causa? pág. 53

6. La eficiencia: menor tiempo y menor costo pág. 55

7. En busca de la beca pág. 57

CAPÍTULO V: EL PODER JUDICIAL SE PRONUNCIA pág. 60

1. Descubriendo la realidad pág. 60

2. Así hablan los Jueces pág. 65

3. El Programa de Libertad Asistida en la medida judicial pág. 66

4. ¿Responsabilidad u omnipotencia? pág. 68

CAPÍTULO VI: TENSIÓN ENTRE LA CAUSA PENAL Y EL TRATAMIENTO pág. 72

1. Las voces del sistema pág. 76

2. ¿Qué está sucediendo? pág. 77

CAPÍTULO VII: ¿HACIA DÓNDE VAMOS? pág. 79

1. ¿Quién selecciona al seleccionador?: Poniendo límites pág. 81

2. Los menores y la transgresión social, quién descifra la metáfora pág. 83

GLOSARIO pág. 84

1. Vocabulario estadístico pág. 84

2. Vocabulario jurídico político pág. 86

3. Vocabulario psicológico pág. 87

ABREVIATURAS pág. 88

BIBLIOGRAFÍA pág. 89

1. Ciencias políticas y sociología pág. 89

2. Criminología y otros pág. 89

3. Derecho pág. 90

    1. Documentos del Consejo Nacional del Menor y la Familia, y otros pág. 90

5. Estadística y metodología pág. 90

6. Estudios de caso pág. 91

7. Normas pág. 91

8. Proyectos legislativos pág. 91

9. Psicología pág. 93

10. Recortes periodísticos pág. 93

APÉNDICE ENTREVISTAS pág. 94

1. Entrevistados del Poder Judicial pág. 94

2. Entrevistados del Consejo Nacional del Menor y la Familia pág. 94

3. Otros entrevistados pág. 94

APÉNDICE METODOLÓGICO pág. 96

1. A 27. Ver en tablas: Apéndice Metodológico pág. 96

28. Regresión logística pág. 113

ANEXO pág. 120

1. Total de hechos delictuosos sucedidos en Argentina 1973-1997 pág. 120

1. Modelo de planilla de registro de datos utilizada pág. 121

2. Ejemplo de un Informe de Admisión pág. 121

3. Ejemplo de un Informe Psicológico pág. 122

4. Ejemplo de un Informe Social pág. 123

5. Ejemplo de un Informe de Evolución pág. 124

6. Ejemplo de una Conclusión Técnica pág. 125

ÍNDICE DE GRÁFICOS

INTRODUCCIÓN pág. 16

1. Subsistema Poder Judicial y subsistema Consejo Nacional del Menor y la Familia pág. 19

CAPÍTULO IV pág. 48

2. Metodología de internación pág. 51

3. Proceso para la obtención de una beca y posterior derivación pág. 59

CAPÍTULO VI pág. 72

4. Tensión generada entre los actos procesales, los actos administrativos y la necesidad de tratamiento para le menor pág. 73

5. Evolución de la población diaria del Instituto Manuel Rocca pág. 75

ÍNDICE DE ORGANIGRAMAS

CAPÍTULO II pág. 37

1. Consejo Nacional del Menor y la Familia pág. 38

2. Instituto Manuel Rocca pág. 41

CAPÍTULO V pág. 60

    1. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional pág. 63

4. Cámara Nacional de Casación Penal pág. 64

 

ÍNDICE DE TABLAS

METODOLOGÍA pág. 22

1. Población del Instituto Manuel Rocca pág. 24

CAPÍTULO III pág. 42

2. Edad pág. 42

3. Causa de ingreso pág. 47

CAPÍTULO IV pág. 48

4. Orientación propuesta pág. 52

5. Menores con y sin antecedentes judiciales pág. 54

6. Causa de ingreso por orientación propuesta pág. 55

7. Intervalo temporal I agrupado pág. 56

8. Intervalo temporal I agrupado por orientación propuesta pág. 57

CAPÍTULO V pág. 60

9. Juzgados intervinientes pág. 60

10. Medida judicial pág. 66

11. Ingreso de menores al Programa de Libertad Asistida pág. 67

12. Medida judicial por Programa de Libertad Asistida pág. 67

13. Intervalo temporal II agrupado pág. 69

14. Intervalo temporal II agrupado por medida judicial pág. 70

15. El caso del menor débil mental pág. 71

CAPÍTULO VI pág. 72

16. Intervalo temporal total agrupado pág. 72

17. Intervalo temporal total agrupado por medida judicial pág. 74

18. Orientación propuesta por medida judicial pág. 77

 

APÉNDICE METODOLÓGICO pág. 96

 

19. Delitos contra las personas pág. 96

20. Delitos contra la honestidad pág. 96

21. Delitos contra la libertad pág. 96

22. Delitos contra la propiedad pág. 97

23. Delitos contra la Administración Pública pág. 97

24. Delitos previstos por leyes especiales y decretos leyes pág. 97

25. Otras contravenciones pág. 98

26. Otros pág. 98

27. Amparo pág. 98

28. Otros pág. 99

29. Traslado a comunidad u hogar de convivencia terapéutica o pequeño hogar pág. 99

30. Otros pág. 100

31. Intervalo temporal I no agrupado pág. 100

32. Juzgados de menores de Capital Federal pág. 102

33. Tribunales Orales de Menores pág. 102

34. Juzgados de provincias pág. 102

35. Juzgados Civiles pág. 103

36. Juzgados de Instrucción pág. 103

37. Traslado a régimen cerrado pág. 103

38. Traslado a pequeños hogares pág. 104

39. Traslado a Juzgados no Capital Federal pág. 104

40. Traslado a comunidad u hogar convivencia terapéutica pág. 105

41. Otros pág. 106

42. Intervalo temporal II no agrupado pág. 106

43. Otros pág. 108

44. Intervalo temporal total no agrupado pág. 108

45. Menores alojados en el instituto Manuel Rocca pág. 112

"Si no corregís esos daños alabareis inútilmente esa justicia tan experta en reprimir el robo, pues es más aparente que benéfica y justa.

Permitís que se eduquen tan deficientemente a los niños y que sus costumbres se corrompan desde pequeños, pero después los condenáis, al llegar a hombres, por faltas que en su niñez ya eran previsibles.

¿Qué otra cosa es esto más que hacerles ladrones y condenarlos después?"

Santo Tomás Moro, Utopía

 

AGRADECIMIENTOS

Esta obra, hoy finalizada, no hubiera sido posible sin el apoyo y la confianza de la Lic. María del Carmen García de Roggi, Jefa del Departamento de Investigación del Consejo Nacional del Menor y la Familia (CNMyF), y sin la visión experta y oportuna del Dr. José Atilio Alvarez, Profesor Titular de la Escuela de Ciencias Políticas de la Universidad Católica Argentina (UCA) y ex Presidente del CNMyF

Sucesivas versiones de este trabajo fueron mejoradas gracias a la colaboración desinteresada y crítica de los mencionados y del Lic. Marcelo Camusso, Dr. Alfonso Santiago, Sr. Fernando Trucco, Lic. Carlos Gervasoni, Pbro. Jorge Herrera Gallo, Lic. Ricardo Pato, Lic. Susana Battafarano, Lic. Claudia De Simone, Lic. Sandra Greppi, Lic. Silvia Gómez, Lic. Diana Brancato, y Dr. Agustín Salvia.

Un reconocimiento especial al Prof. Agustín Castello, Director del Instituto Manuel Rocca, por su amabilidad y paciencia durante nuestro trabajo de campo en el Instituto. Del mismo modo, reconocemos la gentileza y colaboración de los directores y subdirectores de los Institutos Gral. San Martín, Gral. Manuel Belgrano y Dr. Luis Agote y del personal profesional, administrativo y de seguridad que en ellos y en el Rocca se desempeñan.

No pueden quedar sin mencionar los miembros del Departamento de Investigación del CNMyF que en el marco de la tarea cotidiana, iluminaban con su experiencia y dedicación la tarea que los jóvenes investigadores desarrollaban.

Los autores extienden su agradecimiento al Comité Científico del XV Congreso Internacional de Magistrados de la Juventud y la Familia, por haber tenido a bien seleccionar el trabajo para ser expuesto durante el desarrollo del mismo, y al Presidente del Consejo Nacional del Menor y la Familia quien autorizó la publicación y difusión de la presente obra.

Finalmente, no es posible dejar de agradecer a todas las personas que a lo largo del desarrollo de este trabajo cedieron su tiempo para responder preguntas y salvar inquietudes.

LOS AUTORES

PRESENTACIÓN

Cuando hoy la niñez y la adolescencia han dejado de ser sólo un "pasaje hacia" y adquieren una entidad sustantiva que plantea el reconocimiento de sus derechos y, paradójicamente, un mercado siempre ansioso de expansión y consumo utiliza esta identidad para su beneficio.

Cuando la sociedad, en un doble juego de seducción y rechazo, se asombra y acusa a sus jóvenes de apoderarse, muchas veces violentamente, transgrediendo y enfrentando la norma establecida, de aquellos bienes que ella misma les señala como una meta (casi inaccesible para muchos), es posible y necesario reflexionar críticamente sobre esta realidad.

Esta es la propuesta que se han planteado dos jóvenes profesionales que, desde su propio ámbito de trabajo, el Consejo Nacional del Menor y la Familia, se interrogan acerca de la dinámica de las relaciones entre su institución y el Poder Judicial, en relación con aquellos menores en conflicto con la ley penal. Y en el análisis de esa relación-tensión, hacen centro en el adolescente que, a través de un acto transgresor, ensaya y reclama su identidad y su espacio.

Pero aún cuando postulan, desde una perspectiva psicosocial, que es ineludible convertir al menor "objeto" del sistema, en un "sujeto" capaz de reconocerse y elegir su historia, no dejan de identificar y cuestionar los marcos legales, institucionales y familiares que lo condicionan o que lo contienen.

Por ello, el trabajo que aquí se presenta es un valioso esfuerzo de comprensión de una problemática que se ha convertido en uno de los temas más controvertidos de la agenda pública y frente al cual los investigadores plantean también la importancia de una política de inclusión social que "asegure" a ese adolescente el acceso a condiciones de vida y de desarrollo personal que hagan innecesaria una institucionalización (exclusión), que pretende "asegurar" a la sociedad frente a una violencia de la cual ella misma es origen.

MARÍA DEL CARMEN GARCÍA DE ROGGI

A MODO DE PRÓLOGO

Corría el mes de enero de 1998. Una camioneta de transporte de adolescente internados en el Instituto Rocca, que se dirigía a las 8 de la mañana hacia Tribunales, fue asaltada por varios delincuentes mayores, en dos autos con apoyo de motos. Itakas en mano, redujeron a los tres hombres de custodia, obligaron a abrir el transporte especialmente diseñado, y liberaron a uno de los jóvenes, involucrado en un robo ocurrido el día anterior en la misma zona. Pese a haber sido reconocido uno de los asaltantes, y a haber brindado a la Policía sus datos y domicilio de inmediato, no fue detenido.

Al día siguiente, en un marco de campaña, una periodista gritó: "¿Por qué no iba armada la custodia de los menores? ¡No hay seguridad!" Cuando se le explicaba que el artículo 65 de las Normas para la Protección de Menores Privados de Libertad, Resolución Nº 45/113 de la ONU elaborada con fuerte participación argentina, prohibe justamente armar al personal, y cuales eran los motivos fundados de este criterio, la periodista, vociferó despectiva: "¡Pero esto no es una ciencia!".

En esos mismos meses se realizaba, en el Instituto Rocca, el trabajo científico que hoy presentan el licenciado en Ciencias Políticas Germán Sarlangue y el licenciado en Psicología Pablo Melicchio. El primero es docente de Política Social de la UCA; el otro, ayudante de cátedra en la Facultad de Psicología de UBA y especializado en diagnóstico sobre adolescentes transgresores. El fruto de la investigación científica responde por sí mismo al cuestionamiento, con método y principios que requieren especializaciones muy complejas y entrecruzamiento de especialidades. Por eso pueden dedicarse a esto solamente los que saben.

Pocas cosas son tan dignas de estudio como el chocante y antinatural "delito juvenil". Pocas cosas son tan entendibles como la respuesta violenta y transgresora de los hijos de una sociedad que educa en la violencia y en la impunidad de la transgresión.

Ambos autores, que se desempeñan profesionalmente en el Consejo Nacional del Menor y la Familia, coinciden -desde ciencias distintas- en un supuesto fundamental de la investigación científica: buscar la verdad es adecuar nuestra inteligencia a lo que las cosas son. En cambio, colocar forzadamente la imagen que tenemos de la realidad dentro de nuestros esquemas prejuiciosos, es cultivar ideologías.

Desde el realismo metódico han edificado día a día, y caso por caso, sin compromisos ni respuestas "a priori", una investigación que no dudo en calificar como única en su género en nuestra América.

Para remontarnos a algo similar deberíamos hurgar en los estudios de Carlos Arenaza sobre doscientos "niños delincuentes" alojados en la Prisión Nacional (la vieja cárcel de Caseros) publicados en francés en 1938, o en el interesante ensayo de Julio Aparicio llamado "Delincuencia Juvenil Urbana", sobre cien casos de jóvenes presos de la Unidad Penitenciaria de Marcos Paz entre 1980 y 1983.

El primero de ellos se limitó a un espicialísimo estudio oftalmológico. El segundo señalo 28 variables criminológicas en adolescentes que la ley penal de entonces consideraba imputables y bajo régimen de tratamiento adulto.

Arenaza y los hombres de su tiempo cimentaron -con todas las críticas y las limitaciones de lo humano- lo que en la década de 1950 fue el gran avance argentino en la materia: colocar el límite de imputabilidad e incriminación en los 16 años.

Aparicio analizó el último tramo del gran retroceso de 1976-1983, que fue bajar el límite de imputabilidad a los 14 años, error en el que algunos pretenden reincidir.

Sarlangue y Melicchio hacen hoy una radiografía científica del sistema judicial-administrativo de atención de los adolescentes que transgreden la ley penal en la Capital Federal, sean o no imputables, y desnudan la verdad sobre este tema.

Son 325 casos, es decir 325 vidas que dieron su aporte, anónimo y respetuoso de la intimidad, para poder mostrar la naturaleza del problema a todos los que quieren conocer antes de opinar.

No se estudian aquí "causas" del delito, ni se pretenden aún análisis criminológicos. No hay atisbos de "neolombrosianismo" ni de determinismo alguno. Nadie busca "el gen de la violencia", ni remedios milagrosos. Han trabajado sin prejuicios, tan sólo con hipótesis que se confirman o descartan con igual humildad.

En realidad, en esta investigación los "estudiados" no son los chicos, blanco eterno del dedo acusador de los adultos. Los estudiados somos nosotros, los operadores adultos del sistema, y el silencio de los chicos será el gran acusador de nuestros mitos y de nuestras hipocresías.

Porque la atenta lectura de un trabajo de alta y compleja precisión estadística pone en evidencia la cruda oposición entre un mundo de lugares comunes, de opiniones sin fundamento y conclusiones sin rigor científico, y otra realidad de certezas que no sirven a un tremendismo paralizante ni minimizan los problemas realmente graves de la juventud argentina.

Por eso, si tuviera que subtitular la investigación de Sarlangue y Melicchio, le pondría "del mito al logos en derecho de menores". Y paso a invitar al lector para que -papel al lado para cuentas y notas, y resaltados en mano para remarcar cifras y conceptos- estudie detenidamente este ensayo y saque de él las conclusiones que sirvan para mejorar las respuestas al problema.

Para que este prólogo sea más heterodoxo todavía, lo invito a que después de leído el trabajo, de Sarlangue y Melicchio, intente responderse a sí mismo algunas cuestiones como éstas:

¿Crece la "delincuencia" adolescente en la Capital Federal?

La tabla 1 responde: las oscilaciones de ingresos entre 1995 y 1998 son mínimas, si se tiene en cuenta el cierre temporario parcial del Instituto Belgrano, de 60 plazas, por obras en 1997. El promedio de ingresos anuales está en 900 jóvenes. No llega a 2,5 casos por día.

¿Qué edades tienen los chicos detenidos por la Justicia de Menores?

La tabla 2 responde: el 41,4% tiene 17 años; el 35,5% tiene 16 años cumplidos. Si se le suman los casos de jóvenes detenidos después de cumplir 18 años por hechos cometidos antes de esa edad, vemos que más del 82% son menores de edad imputables. Si el hecho tiene gravedad suficiente y se comprueba "prima facie" la autoría, como en caso de adultos, estos jóvenes irán a juicio oral ante un Tribunal especializado.

¿Pero no eran todos inimputables, irresponsables, insusceptibles de reproche alguno o privados de toda forma de proceso?

Sólo 54 chicos de 15 años, y ¡3 de 14 años! -sobre 325 casos- ingresaron al Instituto Rocca en 1997. O sea uno cada tres días en una ciudad de tres millones de habitantes y zona de influencia sobre nueve millones más. Respuesta elocuente de la realidad.

¿Qué hechos se dice que han cometido estos jóvenes?

Y pregunto "se dice que han cometido", porque seguramente habrá entre ellos algún inocente, al menor en la misma proporción que entre los detenidos adultos. ¿O acaso la Policía y la Justicia sólo puede equivocarse con los grandes, y nunca yerra cuando se trata de chicos? Sabemos de chicos que "cargan" delitos de adultos, a veces de sus propios hermanos a instancias de los padres.

La tabla 3 responde: el 63% son hecho contra la propiedad. No llegan al 10% los hechos contras las personas. Hay un solo caso de delito sexual.

Las tablas 19 y siguientes explican con precisión el tema. Sólo 5 chicos -de 325 casos- ingresaron involucrados en homicidio, lo que no quiere decir 5 muertes, pues habitualmente hay varios chicos en un solo hecho. Por violación uno solo, y tres por disparo de armas de fuego. ¡Y aquí surge la alarma!, 44 por robo con armas y 10 más por tentativa de ello.

¿Quién le dio las armas a estos chichos?

Esos jóvenes por mes reciben del mundo adulto un arma de fuego en sus manos que tiembla, que temen, que bravuconean, que responden al primer estímulo, que se crispan, que oprimen el gatillo porque sí.

ARMA + CHICO = MUERTE.

O MATA, O LO MATAN O SE MATA. NOS HEMOS CANSADO DE REPETIRLO.

Hay por los menos 10 y 30 adultos por mes impunes por el grave crimen de armar a un chico y convocar a la muerte. Absolutamente impunes.

¿Entran por una puerta y salen por la otra?

En realidad saldrán por la misma puerta por la que entraron y habitualmente por orden del mismo Juez que dispuso el ingreso.

La tabla 7 responde, con la minuciosa distinción día por día de la tabla 42: La media de permanencia es 28 días. El 56% de los chicos egresa en el primer mes, otro 40% en el segundo. Sólo un 4% de los jóvenes permanece más de 60 días en evaluación.

De todos ellos el 18,5% (menos de 1 cada 5) es diagnosticado como necesitado de un tratamiento en régimen cerrado.

Sobre 1000 casos anuales, unos 200 chicos. Esa es la dimensión del "delito juvenil" grave en la ciudad de Buenos Aires. Un problema serio y difícil, pero no insoluble. Y para nada vinculado a la baja de edades de imputabilidad, porque la amplísima mayoría de estos casos se escalonan entre los 16 y 17 años, o sea en la franja que ya es imputable.

¿Hay hacinamiento en el sistema de recepción?

El gráfico 5 y la tabla 45 son crueles. Señalan los distintos momentos del sistema y el impacto de las actitudes sobre el tema.

Se agolpan las preguntas.

¿Cómo se explica el pico de crecimiento de mayo de 1997? ¿Solamente por un mayor ingreso de chicos de la Provincia de Buenos Aires llevados desde las comisarias del conurbano al Instituto Rocca en virtud del convenio SIM?

¿Por qué baja la población en agosto de 1997, cuando comienza a transparentarse en informes estadísticos la evolución diaria del sistema?

¿Por qué sube en cada mes de enero para volver a bajar en febrero? ¿Tendrá que ver con conductas de los chicos o con las vacaciones de los adultos?

¿Por qué en enero de 1998, en vísperas del ataque -no sólo de delincuentes armados- que relaté, se llegó a la cifra más baja (89 chicos), que después trepa inconteniblemente hasta llegar a los 178 finales?

¿Qué significa esta duplicación de adolescentes privados de libertad?

No se advierten más delitos, ni más ingresos de muchachos. Al contrario, en 1998 hubo menos ingresos que en 1997 (ver Tabla 1).

¿Habrá mayor lentitud en la derivación? ¿Por qué? Algo pasa en el mundo de los adultos, que ocasiona el regreso al hacinamiento de chicos privados de libertad sin que nadie diga nada.

Para que con menor número de ingreso, la población diaria se duplique, tiene que haberse duplicado el tiempo de permanencia en privación de libertad.

Tendrá algo que ver con el titular a toda primera plana de un matutino del 12 de febrero de 1998: "PROYECTAN JUZGAR A MENORES COMO ADULTOS. Es una iniciativa del gobierno para frenar la delincuencia".

Si es así, este trabajo científico de Sarlangue y Melicchio mostró la cruda verdad. La realidad entrega gustosa sus secretos a quien sabe preguntarle por ellos.

A Uds., lectores pacientes de un prólogo extraño, les competen apreciar esa realidad y extraer consecuencias.

A los autores, mis felicitaciones desde el lugar de la búsqueda permanente de un saber difícil y escurridizo. Y el deseo de que sigan avanzando en otros ámbitos de análisis que lo necesitan: ¿qué pasa en Gran Buenos Aires, en Córdoba o en Rosario? ¿Será lo mismo? Falta indagar sobre otras variables familiares y sociales. Las causas socioeconómicas son muy fuertes, pero no son las únicas.

Mientras haya investigaciones como la suya, licenciado Sarlangue y Melicchio, la sociedad no podrá ser engañada por los vendedores de mitos.

¿Vio que esto es ciencia, Señora Periodista?

 

JOSÉ ATILIO ALVAREZ